El 30 de marzo de 2011 el Instituto de Derecho Internacional del CARI entrevistó en el tercer número de su Boletín al Embajador Dr. Enrique Candioti, miembro de la Comisión de Derecho Internacional de Naciones Unidas y de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya

Embajador Dr. Enrique Candioti

Se recibió de Abogado en la Universidad de Buenos Aires. Desde su ingreso al Servicio Exterior de la Nación fue -entre otros cargos- Director General de Política del Ministerio de Relaciones Exteriores (1981); Embajador en la República Democrática Alemana (1983-1985); Embajador en los Estados Unidos de América (1986-1989); Embajador en Australia (1992-1997), Secretario de Estado de Relaciones Exteriores y Asuntos Latinoamericanos de la Cancillería (1999-2000) y Embajador en la República Federal de Alemania (2001-2006). En la actualidad es miembro de la Comisión de Derecho Internacional de Naciones Unidas, donde ocupó la presidencia en el período 2003-2006 y la vicepresidencia en el período 2001-2003. Además, es Miembro de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, entre otras actividades.

1.- En primer lugar, ¿qué inspiró su interés por el Derecho Internacional?

Desde mis estudios en la Universidad de Buenos Aires el Derecho Internacional fue una de las materias preferidas. Ingresé joven al servicio exterior argentino y mi preparación como abogado fue asociándose naturalmente a mi trabajo en la diplomacia. Me ocupé de temas legales en las embajadas donde me desempeñé y luego pude aplicar y profundizar la materia en la consejería legal del Ministerio y en delegaciones argentinas en comisiones y conferencias de las Naciones Unidas e instancias jurisdiccionales. Tuve la suerte de formarme junto a prestigiosos internacionalistas argentinos como José María Ruda, Ernesto De la Guardia y Julio Barberis.

2.- ¿En qué grado se relaciona el Derecho Internacional con otros campos como la política, la economía y las relaciones internacionales?

Las condiciones geopolíticas y la distribución del poderío militar y económico juegan sin duda papeles dominantes en las relaciones internacionales. Por la posición que la Argentina ocupa en el mundo, por su tradición histórica y para defender adecuadamente los genuinos intereses de su pueblo, su acción exterior debe contribuir al fortalecimiento del multilateralismo y la integración regional. Para ello nuestra diplomacia debe articularse, con responsabilidad, continuidad y coherencia, con la de todos aquellos países con los que compartimos intereses y valores. Esto debe comprender, en todo caso y por propia conveniencia, la construcción de un orden global estable y justo basado en el respeto de la Carta de las Naciones Unidas y del derecho internacional.

3.- ¿Cuáles cree que son los desafíos actuales del Derecho Internacional?

Al derecho internacional le compete estructurar, desarrollar e implementar el marco de principios, reglas y mecanismos jurídicos e institucionales que afiancen la cooperación entre los Estados para preservar la paz, la seguridad internacional, la dignidad humana, la democracia y el desarrollo económico y social. Los desafíos actuales se dan especialmente en el ámbito de la defensa de los derechos humanos en todos sus aspectos, la protección del medio ambiente y los recursos naturales, la no proliferación, la lucha contra el crimen organizado, el terrorismo, el narcotráfico y la corrupción a nivel internacional.

4.- Desde el año 1997 usted es miembro de la Comisión de Derecho Internacional (CDI). ¿De qué modo se elaboran y perfeccionan los proyectos de los relatores de la CDI? ¿Cuál es el modo de trabajo de la CDI? ¿En qué puntos advierte que ha cambiado en los últimos años?

La CDI es un órgano de la Asamblea General de las Naciones Unidas y compone su programa con las materias o tópicos que esa Asamblea determina, sea a propuesta de los Estados miembros como de la propia Comisión, que tiene un grupo de trabajo permanente encargado de esta tarea (que actualmente presido). Una vez que se selecciona un tópico como apto, oportuno y maduro para la codificación, habitualmente la Comisión designa entre sus miembros un Relator Especial para que lo estudie y presente uno o más informes con propuestas normativas, generalmente en forma de proyectos de artículos. Los informes y propuestas son discutidos por la Comisión en plenario y luego son remitidos al comité de redacción para su formulación definitiva. A veces, cuando los temas presentan especial complejidad o surgen sustanciales desacuerdos, se designa a un grupo de trabajo ad hoc para que resuelva esas dificultades antes de dar intervención al comité de redacción. Las decisiones se toman normalmente por consenso y de cada proyecto se realizan dos lecturas sucesivas. Una vez completado, el proyecto se eleva a la Asamblea General con comentarios detallados acerca de la doctrina, la jurisprudencia y la práctica de los Estados en que se basa. La Asamblea decide si toma nota del proyecto, lo hace suyo, lo recomienda a la atención de los Estados miembros o convoca a una conferencia diplomática para consagrarlo en una convención codificadora, como fueron las Convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas, el derecho de los tratados, etc. En más de sesenta años la Comisión ha ido codificando paulatinamente los principales capítulos del derecho internacional general. Su proyecto reciente más significativo fue el referido a la responsabilidad del Estado por hechos ilícitos, que está a consideración de la Asamblea General.

Pero en los últimos tiempos la Comisión no solamente ha focalizado su trabajo en la preparación de proyectos de artículos para una convención, sino que también ha redactado proyectos del así llamado -soft law-, como declaraciones de principios (sobre los actos unilaterales de los Estados, la responsabilidad sine delicto, la nacionalidad en relación con la sucesión de Estados), directivas para la práctica (como acerca de las reservas a los tratados multilaterales), estudios con conclusiones y recomendaciones (como el relativo a la fragmentación del derecho internacional). El método de trabajo se ha ido modificando consecuentemente. Así, para el análisis del fenómeno de la fragmentación se formó un grupo de estudio integrado por varios miembros. Actualmente están funcionando otros dos grupos de estudio, sobre la cláusula de la nación más favorecida y sobre los tratados en el tiempo, respectivamente.

Al mismo tiempo la CDI mantiene el método del Relator Especial para otros tópicos de su agenda, que incluye la responsabilidad de la organizaciones internacionales por hechos ilícitos, la expulsión de extranjeros, el efecto de los conflictos armados sobre los tratados, la protección de las personas en caso de desastre, la inmunidad penal extranjera de los funcionarios del Estado y la obligación de extraditar o juzgar.

Es muy importante para la Comisión recibir de los Estados comentarios y observaciones sobre los proyectos que va elaborando, así como información pertinente acerca de sus prácticas, sus tratados, su legislación nacional y jurisprudencia, etc. La CDI procura que se establezca un diálogo fluido con los Estados a través de la discusión de su Informe Anual en la Sexta Comisión de la Asamblea y les envía cuestionarios y preguntas para que también respondan por escrito. La Comisión consulta asimismo con otros organismos de Naciones Unidas y entes no gubernamentales sobre temas específicos relacionados con sus trabajos que requieren tal asesoramiento.

5.- El mandato de la CDI consiste en el desarrollo progresivo y la codificación del Derecho Internacional, ¿en cuál de los dos aspectos se está trabajando más?

A medida que la Comisión fue avanzando en sus trabajos, una distinción demasiado rígida entre sus dos principales objetivos, de desarrollo progresivo y de codificación, se ha ido diluyendo. Cuando se encara un nuevo tema, se tiende naturalmente a analizar ante todo cuáles son los elementos del mismo que puedan ya estar cristalizados en el derecho consuetudinario, pero no por ello se descarta un enfoque evolucionista. En realidad, en su trabajo la CDI procede con un método flexible que combina codificación y desarrollo progresivo según las características concretas de cada tópico y las demás circunstancias.

6.- ¿Cómo se renuevan los miembros de la CDI? ¿Qué significa para un Estado tener un miembro nacional en la CDI?

La Comisión está formada por 34 miembros elegidos en votación secreta por la Asamblea General. Se renueva por entero cada cinco años y los miembros son reelegibles. Deben tener reconocida competencia tanto en los aspectos doctrinales como prácticos del derecho internacional y provienen de diversos sectores de la comunidad jurídica de cada Estado, como las universidades, la diplomacia y la magistratura. El Estatuto de la Comisión prescribe que en la Comisión deben estar representadas las grandes civilizaciones y los principales sistemas jurídicos del mundo, para lo cual la elección se realiza según el número de vacantes que la Asamblea General asigna a cada grupo regional. Actualmente la Comisión tiene siete miembros provenientes de América Latina y el Caribe. Los miembros de la Comisión no actúan como agentes del Estado que presentó su candidatura, sino que forman parte de ella a título personal, como los jueces de la Corte Internacional de Justicia. No obstante, son numerosos los Estados que en cada elección proponen a uno de sus nacionales como candidato. Les interesa contribuir positivamente con esa presencia al progreso del derecho internacional, procurando al mismo tiempo que en los debates y proyectos que la Comisión elabore se tengan en cuenta los intereses, los valores y las posiciones jurídicas que sostienen internacionalmente.

7.- Por último, ¿qué consejos puede dar a quienes deseen realizar su desarrollo profesional en el ámbito del Derecho Internacional?

Una buena formación jurídica general es obviamente base y requisito elemental, lo mismo que un conocimiento amplio de la historia y la dinámica de la política y las relaciones internacionales. El dominio hablado y escrito del inglés es imprescindible y el conocimiento de otros idiomas altamente recomendable. La consulta de las fuentes doctrinales autorizadas de los diversos países, el estudio de la jurisprudencia internacional, el acceso a la vasta documentación jurídica internacional (incluidos los informes de la CDI) también son necesarios para mantenerse al día en la evolución de esta disciplina. Su seguimiento se ve ahora considerablemente facilitado por las bases de datos disponibles a través de Internet. También será muy valiosa la complementación de la propia formación con seminarios, masters o doctorados en universidades prestigiosas, el curso anual de la Academia de La Haya, la práctica en estudios jurídicos con actividad profesional internacional, la asistencia y participación en conferencias y negociaciones internacionales.

Publicada en el Boletín Informativo del Instituto de Derecho Internacional del CARI, Año 2, Número 3, marzo 2011